¿Quién es elegible para la autodirección?

Cualquier persona que reúna los requisitos para recibir servicios a través de la Oficina para Personas con Discapacidades del Desarrollo (OPWDD) del Estado de Nueva York y esté inscrita en la Exención de Servicios Basados en el Hogar y la Comunidad (HCBS) puede optar por autodirigir sus servicios. (La Exención HCBS ofrece oportunidades a los beneficiarios de Medicaid para recibir servicios en su propio hogar o comunidad en lugar de en instituciones u otros entornos aislados).

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